Igualdad · Plan de igualdad

Plan de igualdad

Diagnosticamos, negociamos y registramos el plan de igualdad de tu empresa, con todo lo que conlleva: registro salarial, auditoría retributiva y protocolo de acoso.

En breve

Obligatorio desde 50 personas trabajadoras
Diagnóstico, negociación y registro oficial
Incluye la auditoría retributiva

Qué es

¿Qué es un plan de igualdad?

Es el conjunto ordenado de medidas que adopta una empresa, tras un diagnóstico negociado con la representación de la plantilla, para alcanzar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo. Fija los objetivos a alcanzar, las estrategias para conseguirlos y un sistema de seguimiento y evaluación. Se regula por el RD 901/2020.

A quién afecta

¿Quién está obligado?

La obligación se ha implantado de forma progresiva por tamaño de plantilla: desde el 7 de marzo de 2020 para empresas de 150 a 250 personas trabajadoras, desde el 7 de marzo de 2021 para las de 100 o más, y desde el 7 de marzo de 2022 para todas las empresas de 50 o más personas. Por debajo de 50 no es obligatorio, aunque sí recomendable, y en ocasiones lo exige el convenio colectivo de aplicación.

El riesgo

Qué pasa si no lo tienes

El incumplimiento conlleva sanciones, además de la pérdida de ayudas y bonificaciones y la posible exclusión del acceso a programas de empleo y a la contratación pública.

Cómo trabajamos

Tu plan, en 3 fases

01

Compromiso y comisión

La organización asume el compromiso y constituimos la comisión negociadora con la representación de la plantilla.

02

Diagnóstico y negociación

Elaboramos el diagnóstico de situación, con registro salarial y auditoría retributiva, y negociamos el contenido del plan.

03

Registro, seguimiento y evaluación

Registramos el plan oficialmente, lo implantamos y acompañamos su seguimiento y evaluación periódica.

Inclúyelo en tu suscripción

Forma parte de DataPrev 360°

Con DataPrev 360° tu plan de igualdad y todo lo que conlleva se gestiona de forma integral dentro de tu suscripción.

Preguntas frecuentes

Resolvemos tus dudas

¿Cómo se cuenta la plantilla?
Se computa el total de personas trabajadoras, con reglas específicas para los contratos temporales. Te ayudamos a calcularlo para saber si ya estás obligado.
¿Hay que registrarlo oficialmente?
Sí. El plan debe inscribirse en el registro correspondiente para ser válido.
¿Incluye la auditoría retributiva?
Sí, es parte del diagnóstico. La elaboramos junto con el registro salarial.
Mi empresa tiene menos de 50 personas, ¿puedo tenerlo igualmente?
Sí. No es obligatorio, pero puede implantarse de forma voluntaria, y en algunos sectores el convenio colectivo ya lo exige por debajo de ese umbral.

¿Elaboramos tu plan de igualdad?